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Magyar és kubai állampolgárok közötti házasságkötés |
Para efectuar matrimonio en Cuba, un ciudadano extranjero debe contactar con la Consultoría Jurídica Internacional con teléfono (00 53 7)2042490, fax (00 53 7)2042303 y domicilio en la calle 16 número 314, entre 3ra. y 5ta., municipio Playa, Ciudad de La Habana o en las filiales que tiene en otras provincias del país. Los aranceles notariales que cobran son los siguientes:
TRÁMITE ARANCEL
MATRIMONIO.......................$ 525.00 USD
PROTOCOLIZACIÓN.............. $ 100.00 USD
INVITACIÓN ........................$ 140.00 USD
INMEDIATEZ .......................$ 75.00 USD
SELLOS DE TIMBRE...............$ 100.00 MN
El servicio de inmediatez es opcional y con INVITACIÓN se refiere a la CARTA DE INVITACIÓN que es necesario formular a su futura cónyuge para que realice los trámites migratorios para viajar a Hungría.
Para conocer más detalles acerca de la celebración del matrimonio debe contactar directamente con la Consultoría.
Para celebrar el matrimonio en Cuba es imprescindible que cuente con su Acta de Nacimiento (válida por dos anos desde su fecha de expedición hasta la fecha en que se efectúe el matrimonio) y su Acta de Inexistencia de Matrimonio (válida sólo por seis meses) en el caso que sea soltero, o Sentencia de Divorcio en el caso de ser divorciado, o si fuera viudo necesita el Acta del Matrimonio anterior y el Acta de Defunción de su anterior cónyuge.
Ambos documentos deben estar debidamente sellados; primero por las diferentes instancias húngaras que correspondan.
Luego deben ser llevados a nuestro Consulado para su legalización para que puedan surtir efecto legal en Cuba específicamente.
Este trámite tiene un arancel de $80.00 USD por cada uno de los dos documentos. El pago debe efectuarse en efectivo, y directamente en la Oficina Consular.
Si la persona que va a casarse no va a viajar a Cuba, debe entonces confeccionar un poder en nuestro Consulado con un arancel de $ 105.00 USD en el que apodera a otra persona que viajará o está en Cuba para que efectúe el matrimonio en su lugar. Esta persona deberá presentar los mismos documentos a los que se hizo referencia anteriormente.
Para poderle confeccionar el poder, necesita llenar una planilla de solicitud en que debe reflejar sus generales, las generales de quien apodera y las de la persona con las que contraerá matrimonio.
Luego de hecha dicha solicitud y abonado el arancel, el poder confeccionado se le entregará para que Ud. lo haga llegar al apoderado. Las generales a las que hacemos referencias son:
- nombres y apellidos completos,
- lugar de nacimiento,
- estado civil,
- ocupación y
- dirección particular.
Acerca de los trámites migratorios de su pareja en Cuba:
La obtención del Pasaporte tiene un arancel de $50.00 USD y la obtención de la "Carta Blanca" es de $150.00 USD. Pudieran requerirse otros pagos.
Una vez efectuado el matrimonio, el ciudadano (a) cubano puede iniciar con la Dirección de Inmigración y Extranjería en Cuba los trámites de solicitud del Permiso de Residencia en el Exterior (PRE), categoría migratoria a la que tendría derecho.
Así mismo, una vez obtenido el Certificado de Matrimonio, este documento debe ser legalizado en el Ministerio de Relaciones Exteriores en Cuba y posteriormente por el Consulado de Hungría en La Habana para que pueda surtir efecto legal en Hungría.
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